La reducción de plazo en créditos hipotecarios o leasing habitacional esta amparada en la ley 546 de 1999 conocida como la ley de vivienda y en ella se dicta el marco legal para la adquisición de vivienda que opera en Colombia hasta el día de hoy.
Esta ley establece las reglas de juego entre los bancos y los tomadores de créditos hipotecarios, pero son las entidades bancarias quienes la aprovechan imponiendo condiciones que los usuarios se ven obligados a aceptar, esto los induce a adquirir créditos costosos con condiciones que no son las mejores para sus intereses.
Nuestra reducción no modifica la tasa, ni subsidios y tampoco es compra de cartera, nosotros mediante un estudio financiero realizado al último extracto del crédito (el cual no debe estar en mora) podemos eliminar condiciones desfavorables e incrementar su porcentaje de abono a capital logrando así una mayor amortización, lo cual nos va a generar un ahorro en pago de intereses hasta del 40% y por ende una disminución del tiempo de pago del crédito.
COMO FUNCIONA?
REQUISITOS PARA EL ESTUDIO FINANCIERO
Último extracto del crédito o leasing.
En leasing habitacional se debe solicitar el plan de pagos si en el extracto no se refleja el saldo del crédito, abono a capital y el abono aintereses.
El crédito debe estar al día.
El valor de la cuota no debe superar el 30% de los ingresos (demostrables) del cliente
El crédito debe estar con una entidad financiera legalmente constituida.
Aplica únicamente para los bancos Davivienda, Bancolombia, Popular, Occidente, Colpatria, Caja Social, AV Villas, BBVA, Bogotá e ITAU